Tercerías de Vehículos 

 

 

La tercería es la herramienta legal que permite a un tercero ajeno a un delito reclamar la restitución de un vehículo que ha sido incautado por la policía o el Ministerio Público. Es común que, tras una detención por delitos como robo, receptación o ley de drogas, se incauten vehículos que pertenecen a familiares, empresas de leasing, rent-a-car o compradores de buena fe que aún no terminaban el traspaso.

 

 

¿Cuándo procede la restitución del vehículo?

 

 

Según el Artículo 189 del Código Procesal Penal, las especies recogidas durante la investigación deben ser restituidas a su dueño o poseedor legal si se cumplen los siguientes requisitos:                                                

 

Tercero de Buena Fe: El dueño no debe tener participación ni conocimiento del uso delictivo del vehículo.

 

Acreditación de Dominio: Contar con el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados (padrón) o contrato de compraventa autorizado.

 

No ser necesario para la investigación: Si el vehículo ya fue periciado por el SEBV de Carabineros o la PDI y no existen diligencias pendientes (como microaspirado o huellas), no hay razón legal para mantenerlo retenido.

 

 

 

Nuestra Estrategia para Recuperar su Patrimonio

 

 

Recuperar un vehículo de los corrales municipales o de las unidades policiales requiere una gestión activa ante la Fiscalía y el Tribunal:

 

Solicitud de Entrega ante el Ministerio Público: Presentamos una solicitud formal al Fiscal a cargo del caso, adjuntando la prueba de dominio y argumentando la calidad de tercero de buena fe.

 

Audiencia de Restitución de Especies: Si el Fiscal se niega a devolver el vehículo o no responde en un plazo razonable, solicitamos una audiencia ante el Juzgado de Garantía. En esta instancia, obligamos al Ministerio Público a justificar por qué mantiene retenido un bien de un tercero que no es imputado.

 

Cautela de Garantías por Derecho de Propiedad: Si el vehículo está sufriendo deterioro en los corrales o su retención es arbitraria, invocamos el derecho de propiedad garantizado en la Constitución para exigir su devolución inmediata, incluso bajo la figura de "Depositario Provisional" (usted se lleva el auto pero se compromete a presentarlo si es requerido).

 

Alzamiento de Medidas Precautorias: En casos donde el vehículo tiene una orden de "No Innovar" o prohibición de enajenar, gestionamos el alzamiento de estas medidas para que el dueño pueda volver a disponer libremente de su bien.

 

Un vehículo incautado pierde valor cada día que pasa en un corral municipal y corre el riesgo de sufrir daños o robos de piezas. Nuestra gestión busca la restitución en el menor tiempo posible, protegiendo su patrimonio de las consecuencias de un proceso penal ajeno.