
El abuso sexual se define como la ejecución de acciones de significación sexual distintas al acceso carnal, realizadas sin el consentimiento de la víctima. Nuestra legislación distingue principalmente entre el abuso sexual propio (Art. 366), cometido contra mayores de 14 años mediante fuerza, intimidación o aprovechándose de la incapacidad de resistencia, y el abuso sexual infantil (Art. 366 bis), donde la víctima es menor de 14 años y la ley presume la falta de consentimiento con independencia de la voluntad del menor.
Las penas en el sistema procesal chileno son elevadas y conllevan un alto riesgo de cumplimiento efectivo (cárcel):
1- Abuso Sexual Propio (Mayores de 14 años): Las penas generalmente se sitúan en el rango de presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años).
2- Abuso Sexual Infantil (Menores de 14 años): La penalidad asciende a presidio mayor en su grado mínimo a medio (5 años y 1 día a 15 años), dependiendo de la concurrencia de agravantes o la reiteración.
3- Abuso por Sorpresa: En casos de actos fugaces en lugares públicos, las penas van desde los 61 días a los 3 años.
Penas Accesorias: Además de la cárcel, una condena implica la inhabilitación absoluta perpetua para trabajar con menores, la sujeción a la vigilancia de la autoridad y la inscripción de por vida en el Registro Nacional de Condenados por Delitos Sexuales.
Nuestra Estrategia de Defensa Penal
Dada la gravedad de estas sanciones y el impacto social de una denuncia, nuestra estrategia se basa en la neutralización de la pretensión punitiva de la Fiscalía mediante tres ejes de acción:
Desarticulación del Testimonio Único: En Chile, la declaración de la víctima suele ser la prueba principal. Nuestra defensa se especializa en demostrar la falta de corroboración periférica, detectando contradicciones en el relato, falta de persistencia o móviles espurios (venganzas, conflictos familiares o económicos) que invaliden la convicción del tribunal "más allá de toda duda razonable".
Control de Peritajes Psicológicos (Sename/Servicio Médico Legal): Intervenimos en la fase de instrucción para cuestionar metodológicamente los informes de credibilidad o daño, utilizando peritos de parte que garanticen un análisis objetivo y no sesgado por la naturaleza de la acusación.
Protección de la Presunción de Inocencia: Frente a la creciente presión mediática y la aplicación rigurosa de medidas cautelares como la prisión preventiva, actuamos de manera temprana para acreditar el arraigo del imputado y la debilidad de los antecedentes, buscando asegurar que el proceso se enfrente en libertad.
Si usted o alguien cercano enfrenta una acusación de esta naturaleza en Chile, la defensa técnica desde las primeras 24 horas es la única garantía para evitar una condena injusta.